CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA ATENCIÓN MÉDICA OFTALMOLÓGICA A DISTANCIA DE IN AND EYES SAS
(TELEMEDICINA / TELECONSULTA OFTALMOLÓGICA)
El texto de este consentimiento informado cumple con los requisitos legales de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Constitución Nacional, la Ley 23 de 198 la Ley 1581 de 201 el Decreto 1074 de 201 el Decreto 1377 de 2013 y el decreto 1995 de 199 y siguiendo los lineamientos de la ley 23 de 1981 y la resolución 2546 de julio 2 de 1998.
1-. ¿Qué es la atención médica a distancia? (telemedicina/teleconsulta)
Se entiende por “Atención Médica a Distancia” una consulta médica en donde la relación entre el médico y el paciente NO ES PRESENCIAL, (el médico y el paciente NO ESTÁN EN EL MISMO LUGAR FISICO COMO OCURRE EN CONSULTAS TRADICIONALES), es decir que dicha relación se efectúa desde lugares diferentes (el paciente está en su casa o en su lugar de trabajo (en casos de trabajos esenciales durante la pandemia) por intermedio de dispositivos electrónicos como un teléfono celular; tablets o computadora.
2-. Ventajas de la atención a distancia (telemedicina/teleconsulta)
Esta atención médica a distancia tiene varias ventajas ya que permite que la atención médica llegue a pacientes que viven en lugares alejados de los centros de salud; disminuye la cantidad de pacientes que solicitan atención en las urgencias de los centros de salud (de esta forma los médicos/as de los centros de salud pueden concentrar su esfuerzo en los casos prioritarios provocados por la actual pandemia de Coronavirus como por otras urgencias); evita que el paciente tenga que trasladarse hasta el centro de salud (muy importante cuando se impone una cuarentena); hay menos gente utilizando los medios de transporte (con menor posibilidad de transmisión del virus); evita demoras que generan la solicitud de turnos para la atención de salud tradicional; facilita la lectura de los resultados de estudios complementarios (análisis, estudios de imágenes, etc) y facilita los controles periódicos que cada paciente necesite.
3-. Limitaciones de la atención médica a distancia (telemedicina/teleconsulta)
No todos los motivos de consulta pueden ser resueltos a distancia por teleconsulta. Es el médico quien decidirá si el motivo de consulta puede ser atendido a distancia, pudiendo ser necesario y de acuerdo a la evolución de cada paciente, pasar a una atención presencial tradicional en un centro de salud.
Para que el médico pueda tomar estas decisiones el paciente deberá explicar al médico con toda claridad y precisión el motivo que lo llevó a realizar la teleconsulta. El paciente no debe ocultar ningún detalle, aunque no le parezca importante.
Otra limitación importante es que el médico se basará en el relato del paciente, las preguntas que le hará al paciente y las imágenes que el paciente le pueda enviar al médico de sus ojos o de estudios médicos previos.
En la teleconsulta no es posible efectuar el examen físico, por ej. a) palpación de ganglios linfáticos, b) auscultación, por ejemplo: escuchar los sonidos de una patología vascular cercana a uno de los ojos, etc.
Respecto de las consultas oftalmológicas, el médico oftalmólogo no puede contar con las imágenes del segmento anterior del ojo que le ofrece el examen con un aparato denominado lámpara de hendidura. Con este aparato se examina la conjuntiva, la córnea, la cámara anterior del ojo y el cristalino (lente interno del ojo que cuando se opacifica llamamos catarata). Tampoco puede efectuar un fondo de ojo para poder examinar la retina y el nervio óptico. No puede tomar la presión ocular ni realizar eversión de los párpados (examinar la parte posterior de los párpados).
Estos aspectos limitan la capacidad diagnóstica por parte del médico y pueden generar errores involuntarios y comprensibles. Habrá diagnósticos de certeza pero algunos serán presuntivos y se deberá hacer un seguimiento con nuevas teleconsultas o pasar a una consulta presencial tradicional.
La confidencialidad (que nadie se entere lo que le dice el paciente a su médico) es la habitual en todo tráfico de datos electrónicos. Se tomarán todos los recaudos posibles para lograr confidencialidad, privacidad y seguridad.
No hay que cometer errores de tipeo al escribir en el teclado y verificar que el corrector de texto no cambie nuestras palabras.
4-. CONSENTIMIENTO (Autorización para efectuar una Consulta Médica Oftalmológica a Distancia o TELECONSULTA OFTALMOLÓGICA):
Habiendo recibido este formulario con tiempo suficiente para su lectura detallada y habiendo aclarado satisfactoriamente todas mis dudas, mi aceptación al pie certifica que doy voluntariamente mi autorización (consentimiento) para que se me efectúe una atención médica oftalmológica a distancia (Teleconsulta Oftalmológica) a cargo de la Dra. Vanessa Fuentes.
Me comprometo a seguir todas las instrucciones de mi médico Oftalmólogo/a, a no ocultar información y a cumplir con su indicación de asistir a una consulta presencial tradicional cuando el médico oftalmólogo/a así lo disponga.